Quiénes son los terceros
Los terceros son personas que sin ser partes directas en el proceso, intervienel en él por tener interés actúal en sus resultados.
Las resoluciones de los juicios en que participan, cualquiera sea la calidad en la que intervengan, producirán los mismos efectos que respecto de las partes principales.
Requieren entonces:
- No ser partes, existencia de la calidad de terceros
- Existencia de un juicio ya iniciado
- Existencia de un interés actual
En general el único requisito para su actuación es tener interés actual en el resultado del proceso, pero se restringe en los siguientes casos:
- Juicio ejecutivo, solo se admiten:
- Tercería de dominio
- Tercería de posesión
- Tercería de prelación
- Tercaría de pago
- En el juicio de realización de prenda agraría
- En el juicio de realización de prenda industrial
- En la compraventa de cosas muebles a plazo.