Qué es la repudiación
Es la no apceptación del hijo, expresa o tácita, de la filiación adquirida por reconocimiento voluntario. Debe ser realizada por el hijo dentro del plazo de un año desde su mayoría de edad, por escritura pública.
Es la no apceptación del hijo, expresa o tácita, de la filiación adquirida por reconocimiento voluntario. Debe ser realizada por el hijo dentro del plazo de un año desde su mayoría de edad, por escritura pública.