Qué es el derecho de prenda general de los acreedores
El derecho de prenda general de los acreedores es aquel por el cual el sujeto activo de una obligación está facultado para exigir su cumplimiento en todos los bienes del deudor con excepción de los inembargables.
El artículo 2465 señala: Toda obligación personal da derecho al acreedor de perseguir su ejecución en todos los bienes raíces o muebles del deudor, sean presentes o futuros, exceptuandose solamente los no embargables.