- El pacto comisiorio: la condición resolutoria de no pagarse el precio, expresada en el contrato
- Simple
- Calificado
- Pacto de retroventa: El comprador se reserva la facultad de recobrar la cosa vendida, reembolsado la cantidad que se estipulare, o su defecto lo que costo la compra.
- Reserva expresa de la facultad de recobrar la cosa
- Se debe reembolzar el precio que se estipulare o el de venta
- Es indispensable un plazo, que no puede ser superior a 4 años.
- Pacto de retracto: es aquel por el cual se resolvera la compraventa, su durante un plazo determinado se presenta otro comprador que ofrece condiones más ventajosas que el vendedor primitivo.
- El plazo no puede ser superior a un año
- El comprador podrá evitar la resolución puede igualar las mejores condiciones
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