Preguntas sobre: mera tenencia

Qué es la mera tenencia

El artículo 714 señala que la meratenencia es aquella que se ejerce sobre una cosa, no como dueño, sino el lugar o nombre del dueño.

Cuáles son las características de la mera tenencia

La mera tenencia posee las siguientes características:

  1. Absoluta: se es mero tenedor respecto del duño y de todo el mundo
  2. Perpetua: fallecido el mero teneror su susesor sigue siendo mero tenedor
  3. Indeleble, no puede tranformarse en posesión, pues no se puede mejorar el propio título. Salvo la excepción del artículo 1510 nº 3 que establece que el mero tenedor podrá ganar por prescripción ordinaria si probare que no ha reconocido dominio ajeno en los últimos diez años, y que ha poseido la cosa sin violencia, clandestinidad o interrupción por el mismo lapso de tiempo.

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