- El desasimiento del tribunal: efecto que producen las resoluciones judiciales por el cual una vez que esta se ha notificado a una de las partes, no puede ser modificada o alterada por el tribunal que la pronunció.
- Requiere:
- Que se trate de una sentencia interlocutoria o definitiva
- Que se notifique validamente a una de las partes
- Excepciones:
- Recurso de aclaración, rectificación o enmienda
- La sentencia que declara la deserción o prescripción del rescurso de apelación
- Caso del incidente de nulidad de todo lo obrado
- La Cosa Juzgada: Efecto de las sentencias cuando no existen contra ellas recursos que permitan impugnarlas, y que se traduce en el respeto y subordinación de lo decidio en el juicio.
- Requiere:
- Identidad de los sujetos
- Identidad del objeto
- Y de la causa de pedir
- Se clasifica:
- Cosa juzgada formal o material
- Cosa juzgada real o aparente
- Cosa juzgana general o relativa
- Se ejerce:
- Como acción de cosa juzgada (acción ejecutiva)
- Como excepción de cosa juzgada (dilatoria, perentoria, anómala)
Tags: actuaciones judiciales, cosa juzgada, desasimiento, efectos, resoluciones judiciales, sentencia definitiva
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- Que se trate de una resolución firme, ejecutoriada, o que cause ejecutoria
- Que la prestación sea actualmente exigible
- Que el titular solicite su cumplimiento
Tags: acción de cosa juzgada, cosa juzgada, requisitos, resoluciones judiciales
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