Preguntas sobre: beneficio de excusión

En qué consiste el beneficio de excusión

Es la facultad que goza el fiador de exigir que antes de proceder en su contra, se persigan los bienes del deudor principal y sus hipotecas y prendas prestadas para la seguridad de la misma.

Esta obligado a ejercerla cuando se haya estipulado expresamente, o cuando el fiador se haya obligado a responder sólo por lo que el deudor no pueda pagar.

Cuáles son los requísitos para el ejercicio del beneficio de excusión

  1. Que no se haya renunciado expresamente
  2. Que no se haya obligado como deudor solidario
  3. Que la obligación principal produzca acción
  4. Que no tenga origen judicial
  5. Que se alegue como excepción dilatoria, tan pronto como se inicia el juicio
  6. Que se señalen los bienes del deudor
  7. Que no se haya ejercido anteriormente

Cuáles son los efectos del beneficio de excusión

  1. Suspende la entrada en juicio
  2. El acreedor queda obligado a practicar la excusión
  3. El acreedor debe aceptar recibir un pago percial y perseguir al fiador por el insoluto

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