La aceptación es el acto jurídico unilateral por el cual una persona da a conocer su conformidad con una oferta que se le ha realizado.
Requisitos
- Pura y simple
- Darse oportunamente
Clasificación
- En cuanto a su exteriorización
- En cuanto a si forma o no el concentimiento
- Pura y simple
- Condicionada, presupone una nueva oferta
Tags: aceptación, conceptos, esencial, formación del concentimiento, requisitos
Archivado en Teoría general del acto jurídico | No hay comentarios »
La herencia puede ser aceptada desde que la muerte del causante, o desde que se cumple la condición en las asignaciones condicionales. El plazo para aceptar es de:
- Si es requerido: 40 días, ampliable a un año
- Si no es requerido, conserva su derecho de opción mientras no precriba como heredero (10 ó 5 años)
Características del derecho de opción
- Su derecho de apción debe ejercerse pura y simplemente,
- es transmisible,
- indivisible,
- irrevocable una vez ejercido,
- puede ser expresa o tácita
Tags: aceptación, asignaciones, sucesión por causa de muerte, sucesorio
Archivado en Derecho sucesorio | No hay comentarios »