Declara la nulidad de un acto o contrato, las partes deberan volver al estado en que se encontraban antes de su celebración, para esto deberan seguirse las reglas de las prestaciones mutuas que establecen que se deberá restituir y cómo.
Esta regulada a proposito de la acción reivindicatoria y en general se establece:
- Se deberá entregar la cosa, con todos sus accesorios
- Las mejoras se dividen en necesarias, utiles y voluptuarias
- las necesarias seran abonadas distinguiendo:
- Si son permanentes, se abonan completamente
- Si no son permanentes, se abonan en cuanto aprevechen al reivindicante
- Las útiles serán abonadas:
- Al poseedor de buena fe
- El poseedor de mala fe podrá retirarlas en la medida que no causen detrimento
- Las mejoras voluptuarias no se abonan, pero podrán ser retiradas en la medida que no causen detrimento
Tags: acción reivindicatoria, nulidad, prestaciones mutuas
Archivado en Teoría general del acto jurídico | No hay comentarios »
El dominio se encuentra protegido civilmente por la acción reivindicatoria, y también posee una protección constitución mediante el ejercicio del recurso de protección consagrado en el art. 21 de la Constitución Política de la República.
Tags: acción reivindicatoria, derechos reales, propiedad
Archivado en Los bienes | No hay comentarios »
La acción reivindicatoria se encuentra definida por nuestro legislador en el artículo 889 que señala que “la reivindicación o acción de dominio es la que tiene el dueño de una cosa singular, de que no está en posesión, para que el poseedor de ella sea condanado a restituisela”
Tags: acción reivindicatoria, conceptos, derechos reales, esencial, propiedad
Archivado en Los bienes | No hay comentarios »
La acción reivindicatoria requiere:
- Que quien la ejerza sea el dueño de la cosa
- Que se trate de una cosa singular suceptible de reivindicarse
- Que no tenga la posesión de la cosa
Tags: acción reivindicatoria, derechos reales, propiedad, requisitos
Archivado en Los bienes | No hay comentarios »
Puede reivindicarse:
- Cosas corporales muebles e inmuebles, y los derechos reales que signifiquen cosas singulares
- Una cuota determinada, pro indiviso, de una cosa singular.
No pueden reivindicarse
- El derecho real de herencia
- Los derechos personales (si puede reinvicarse el título en que consta el crédito)
- Las cosas muebles compradas en almacen, feria o tienda donde se vendan muebles de la misma clase
- En el pago de lo no debido, cuando es onoreso en contra de terceros de buena fe
- Terceros de buena fe adquirientes de una cosa sobre la que recae la resolución de un contrato.
Tags: acción reivindicatoria, derechos reales, esencial, propiedad
Archivado en Los bienes | No hay comentarios »
Es la acción que se concede al poseedor regular de una cosa, en vías de ganarla por prescripción. En los mismos términos que la acción reinvindicatoria, pero que no se podrá ejercer en contra del dueñó ni de quien tenga mejor derecho.
Tags: acción publiciana, acción reivindicatoria, conceptos, derechos reales, esencial, propiedad
Archivado en Los bienes | No hay comentarios »
Quien obtenga la reivindicación de la cosa tiene derecho a:
Derechos del reivindicante
- Qué se le restituya la cosa
- Indemnice todo perjuicio causado a la cosa
- Que se le restituyan los frutos: el poseedor de buena fe no responde de los frutos si no desde la contestación de la demanda, el de mala fe responde de frutos y productos, tanto los percibidos como los que con mediana inteligencia ubiese podido percibir.
- Los gastos de conservación y custodia durante el pleito, solo el poseedor de mala fe es obligado
- El pago de las costas, de acuerdo a lo que determine el juez.
El reivindicante tiene la obligación para con el poseedor vencido de:
Derechos del poseedor vencido
- Pago de los costos ordinarios de la producción de frutos
- El abono de las mejoras correspondientes
- Mejoras necesarias
- Materiales: según el valor a la época de la restitución
- Inmateriales, solo se pagan en la medida que aprovechen al reivindicante
- Ordinarias
- Extraordinarias
- Mejoras útiles
- El poseedor de buena fe tiene derecho a que le se paguen las mejoras útiles realizadas hasta la constestación de la demanda, son útiles aquellas que aumentan el valor venal (de venta) de la cosa, y se pagarán conforme a su precio al momento de la restitución o conforme al incremento de valor que experimentó la cosa
- El poseedor de mala fe no tiene derecho a que se le paguen estas mejoras, pero podrá retirarlas en la medida que no se cause detrimento.
- Mejoras voluptuarias:
- Son las que tienen por objeto el lujo, recreo u ornato de la cosa, pero que no aumentan el valor de la cosa o lo hacen de manera insignificante, acá ni poseedor de buena o mala fe tienen derecho a su pago y solo les asiste el derecho a retirarlas sin detrimento si el reividicante no se allana a pagarles el precio de dichos materiales.
- Mejoras voluptuarias
Tags: acción reivindicatoria, derechos reales, esencial, prestaciones mutuas, propiedad
Archivado en Los bienes | No hay comentarios »
El interventor es la persona designada por el juez con el objeto de controlar la administración que el demandado hace de sus bienes materia del juicio y que se encuentran en su poder.
Procede:
- Acción reivindicatoria
- Acción de petición de herencia
- Comunero que demanda la cosa común, pidiendo cuenta
- Siempre que hay justo motivo de creer que se destruirá o perderá la cosa
- Demás casos señalados por la ley
Tags: acción de petición de herencia, acción reivindicatoria, conceptos, interventor, medidas precautorias, propiedad
Archivado en Procedimientos civiles | No hay comentarios »