La teoría de la imprevisión se ha explicado desde dos teorías:
- Todo contrato es ley para las partes y no puede ser invalidado sino por causas legales, pacta sunt servanda.
- El Derecho Canónico y los hechos de la segunda guerra mundial hicieron surgir otra teoría contraponiendo al principio pacta sunt servanda, otro principio romano: rebuc sic standibus por el cual en todo contrato se entederían incluidas las condiciones se tubieron a la vista al momento de contratar, por lo que una modificación de ellas, permitiría también una modificación del contrato.
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