Qué es la acción reivindicatoria
La acción reivindicatoria se encuentra definida por nuestro legislador en el artículo 889 que señala que “la reivindicación o acción de dominio es la que tiene el dueño de una cosa singular, de que no está en posesión, para que el poseedor de ella sea condanado a restituisela” |