Qué es la acción reivindicatoria


La acción reivindicatoria se encuentra definida por nuestro legislador en el artículo 889 que señala que “la reivindicación o acción de dominio es la que tiene el dueño de una cosa singular, de que no está en posesión, para que el poseedor de ella sea condanado a restituisela”

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