Qué elementos encontramos en todo contrato


En los contratos encontramos, conforme dispone el artículo 1444:

  1. Cosas de la esencia: son aquellas sin las cuales el contrato no existe o degenera en otro distinto
  2. Cosas de la naturaleza: son aquellas que sin ser esenciales, se entienden incorporados sin necesidad de cláusula expresa
  3. Meramente accidentales: Aquellas cosas, que sin ser esenciales o naturales, las partes incorporal al contrato por medio de cláusulas especiales.

Sugerencias

Últimas preguntas