Preguntas de Procedimientos civiles

Qué son las medidas prejudiciales

Las medidas prejudiciales se pueden definir como medios que franquea la ley a las partes litigantes para preparar su entrada al juicio.

Cuáles son los requisitos de las medidas prejudiciales

La solicitud presentada debe

  1. Expresar acción que se pretende deducir
  2. Someramente sus fundamentos

Cómo se clasifican las medidas prejudiciales

  1. Prejudiciales precautorias: su fin es asegurar el resultado de la acción
  2. Prejudiciales propiamente tales: prepara la entrada al juicio facilitando futuras acciones o excepciones.
  3. Prejudiciales probatorias: tiene por finalidad producir medios de prueba antes del juicio, por existitr un temor fundado de un daño inminente o que desaparezcan.

Cuáles son las carateristicas de las medidas prejudiciales precautorias

  1. Deben consederse antes de ser notificada la demanda
  2. Se conceden de plano
  3. La naturaleza jurídica de su resolución es un auto
  4. La solicitud deve indicar la acción y someramente sus fundamentos
  5. No extan taxativamente indicadas en la ley

Qué se requiere para que se conceda una medida prejudicial precautoria

  1. Existencia de motivos graves y calificados, hecho que ponderará el juez en base a los antecedentes otorgados por el actor.
  2. Detreminación del monto de los bienes sobre los cuales recaerá: Se debe señalar precisa y determinadamente en forma singular, pudiendo recaer sobre los bienes que serán objeto del pleito u otros.
  3. Rendir fianza u otra garantía suficiente, para responder de los perjuicios ocacionados.

Cómo se tramita una medida prejudicial precautoria

  1. Solicitud del actor indicando:
    1. Acción que se pretende deducir y someramente sus fundamentos
    2. Medida o medidas que se solicitan y sobre que bienes especificamente recaen
    3. Ofrece garantía, fianza u otra equivalente.
  2. Tribunal resuelve:
    1. Ordenando la medida previa constitución de fianza
    2. Probar la solvencia del fiador
  3. Efectos:
    1. Obliga al actor a deducir acción en el plazo de 10 días (ampliable a 30 días)
    2. En la demanda deberá pedir se mantenga la medida, ahora como precautoria
    3. Si no se cumple 1 y 2, es responsable de los perjuicios causados, procedimiento doloso.

Cuáles son las medidas prejudiciales propiamente tales

  1. Declaracion jurada de algún hecho relativo a la capacidad del demandado para comparecer en juicio, su personeria o el nombre y domicilio de sus representantes
  2. Exhibición de la cosa que haya de ser objeto de la acción
  3. Exhibición de testamentos, inventarios, sentencias, tasaciones, títulos de propiedad u otros instrumentos públicos o privados que por su naturaleza puedan interesar a varias personas
  4. Exhibición de libros de contabilidad relativos al negocio
  5. Reconocimiento jurado de firma puesta en instrumento privado, citación, bajo apercibimiento de tenerse por reconocida la firma
  6. Constitución de apoderado en lugar del juicio en los casos de aquellas personas cuya ausencia se teme

En sisntesis las prejudiciales propiamente tales son:

  1. La declaración sobre capacidad procesal propia o de sus representantes
  2. Exhibición de cosas muebles en que recaerá el juicio
  3. Exhibicón de instrumentos públicos o privados que por su naturaleza interesen a variadas personas
  4. Exhibición parcial de los libros de contabilidad
  5. Reconocimiento de firma bajo apercibimiento (prejudicial probatoria)
  6. Constitución de apoderado en el lugar del juicio

Cuáles son las medidas prejudiciales probatorias

  1. Inspección personal del tribunal
  2. Informe de peritos
  3. Certificación de ministro de fe
  4. Absolución de posiciones
    1. Debe temerse la ausencia
    2. Debe pronunciarse el juez sobre la pertinencia de las preguntas del pliego, que ir´ña abierto
  5. Declaración de testigos

Qué son las medidas precautorias

Medios que entrega la ley al actor, para asegurar el resultado de la acción interpuesta.

Cuáles son las características de las medidas precautorias

  1. proceden en toda clase de juicios
  2. Su enumeración no es táxativa (290 CPC)
    1. Secuestro
    2. Nombramiento de uno o más interventores
    3. Retención de bienes determinados
    4. Prohibición de celebrar ciertos actos
  3. Debe limitarse a los bienes necesarios para asegurar el resultado de la acción
  4. No es necesario que esté contestada la demanda, si notificada
  5. Son esencialmente provisionales

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