Dónde se debe pagar


El pago se debe realizar:

  1. Donde señala la convención
  2. Si no hay estipulación distinguimos:
    1. Especie o cuerpo cierto: donde estaba esta al momento de contratar
    2. Si es de género: en el domicilio del deudor, y si ha cambiado, en el domicilio que tenía al momento del contrato

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