Cuáles son los requísitos para el ejercicio del beneficio de excusión
- Que no se haya renunciado expresamente
- Que no se haya obligado como deudor solidario
- Que la obligación principal produzca acción
- Que no tenga origen judicial
- Que se alegue como excepción dilatoria, tan pronto como se inicia el juicio
- Que se señalen los bienes del deudor
- Que no se haya ejercido anteriormente
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