Cuáles son los contratos unilaterales y cuáles bilaterales


Los contratos unilaterales son aquellos en que solo una de las partes de obliga para con otra que no contrae obligación alguna. Bilaterales son aquellos en que las partes contratantes se obligan reciprocamente.

Esta clasificación es importante en cuanto en los bilaterales procede:

  1. La teoría de los riegos
  2. procede la acción resolutoria
  3. procede la excepción del contrato no cumplido

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